domingo, 28 de febrero de 2010

Algunas probables implicaciones de eliminar el inciso E del artículo 130 constitucional

Como ya es bien sabido (por lo publicado en este post), el senador Pablo Gómez secundado por otros cuantos senadores ha propuesto que se le otorguen derechos políticos a los clérigos en México. Pero ¿Se habrá puesto a pensar en todas las implicaciones que trae como consecuencia? A mi me parece que realmente no y que además su propuesta la hace con la finalidad de obtener algo a cambio. Iniciemos pues analizando unas pocas consecuencias que podría acarrear dicha reforma, esto de forma hipotética claro está, ya que no pretendo imponer ningún tipo de visión profética.

La primera consecuencia es que probablemente en las iglesias los sermones estarían mayormente enfocados en lo político que en lo teológico. Probablemente esta sería una manera más en que los políticos se asegurarían publicidad gratis. Además, siendo honestos ¿Las personas quieren realmente que se les hable de política en la iglesia? A mi me parece que no, de hecho esto generaría aún más inconformidad, igual a la que se causó con la transmisión de spots políticos en la TV en las pasadas elecciones.

Antes de seguir, quiero rebatir el argumento más estúpido relacionado con esto, y ese es el que dice que como vivimos en un país democrático, ello quiere decir que la mayoría se impone a las minorías. Este concepto que de democracia se da se corresponde más con el de oclocracia o con el de tiranía de las mayorías, las que a su vez son formas degeneradas de la democracia que han sido consideradas negativamente desde siempre, lo que demuestra que quienes sostienen dicho concepto no tienen ni la más mínima idea de qué es la democracia, por lo que les recomendaría que lean el artículo fracción II e inciso A de la constitución o que por lo menos busquen el concepto que Lincoln dio de la misma (“gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”). En estas formas de gobierno (oclocracia y tiranía de la mayoría) las mayorías imponen su voluntad por la fuerza a los gobernantes o imponen y oprimen a las minorías. En cambio, la democracia tiende a un gobierno en el que todos los individuos reciban los mismos beneficios, es decir, a todos se les concede la igualdad jurídica ante la ley en los términos expresados en la misma constitución, lo que se consta ante la lectura del artículo 1, del artículo 4 segundo párrafo y del artículo 12 constitucionales. Es por ello que decir que la democracia es una forma de gobierno en la que las mayorías imponen su voluntad es errado y estúpido, además de que dicho argumento también viola uno de los principales fines del Estado moderno, el cual es el bien común que el Estado debe asegurarle a todos y cada uno de sus miembros (y al que tienen el mismo derecho tanto mormones como católicos, budistas, ateos, agnósticos, musulmanes y en general todos al pagar sus impuestos y cumplir con las leyes establecidas por el mismo Estado, eso sin contar que la misma constitución otorga esos derechos sin pedir nada a cambio como se puede constatar ante la lectura del artículo 1º). Proponer la idea de una mayoría absoluta que decide sobre todo es una completa imbecilidad, ya que de hecho, en México no existe ninguna mayoría absoluta. En México hay un régimen llamado mayoritario. En este régimen la mayoría de las personas de un Estado o del país, se imponen sobre la minoría, esto es, en las elecciones populares, la mayoría elige al representante que considera más conveniente (probablemente por este hecho se origina la confusión). Existe además otro régimen llamado mixto, esto significa que al ganar la mayoría en la elección de representantes (gobernadores, alcaldes, presidentes, etc.), estos representantes están obligados a tomar en cuenta las opiniones de toda la población y no sólo la de las mayorías. Con esto podemos decir que en efecto, las mayorías son las que prevalecen al elegir a sus representantes que son quienes finalmente toman las decisiones, es decir, la mayoría elige a unos pocos para que nos representen, por lo que de hecho no vivimos en una democracia sino en una oligarquía. Pero en México se toma en cuenta también a las minorías y prueba de ello es que la minoría puede oponerse legalmente a lo que considere que lesiona sus derechos o incluso a leyes que considere inconstitucionales, y muestra de ello la tenemos en el artículo 1º de la constitución. De hecho, de este artículo podríamos partir para decir que el hecho de que un gobernante demuestre preferencia hacia ciertas creencias implica cierta discriminación a quienes no comparten dichas creencias.

Otra implicación tiene que ver con la soberanía misma del Estado. Recordemos que soberanía es “el estado del poder político de una nación que no está sometido al control de otra nación.” Es por ello que hablar de Estados soberanos es incorrecto, los Estados de la república mexicana están sometidos al poder de la federación, por ello los estados no son soberanos, en este sentido serían autónomos, en cambio, el poder federal es soberano porque no hay un poder por encima de él en nuestro país. Siguiendo con lo que nos atañe, supongamos que efectivamente se suprime el inciso E del artículo 130 constitucional, lo primero que se me ocurre que pasaría es que la iglesia católica tendría un control político abrumador sobre los asuntos políticos del país, donde los jerarcas eclesiásticos determinarían por quien deben de votar sus fieles y por quienes no (incluso llegando al chistecito de considerar “pecado mortal” no votar por algún determinado candidato, chistecito que ha llegado incluso hasta considerar pecado mortal ver ciertos programas televisivos como fuera en su momento el Show de Cristina; si a eso han llegado, ¿qué más no pueden hacer con las mentes sugestionables de las ovejas del rebaño de Cristo?), esto lo digo porque resulta innegable que la mayor parte de la sociedad en México es católica. Ahora tomemos en cuenta que esa misma mayoría cree que es malo que el Estado sea laico debido a que consideran a la iglesia católica como su guía espiritual y moral, y creen que hacer a un Estado laico implica eliminar a la iglesia definitivamente (argumento que ha sido obviamente indoctrinado en sus mentes por los clérigos y sus intereses). Esto implica que estas personas admiten tácitamente que necesitan a la iglesia como una guía permanente en sus vidas debido a que no tienen la capacidad de distinguir entre lo bueno y lo malo (o lo moral de lo inmoral o de lo amoral). Ese es el primer corolario de esta reforma planteada por el señor Pablo Gómez.

Hasta aquí podría haber alguien que me cuestionara sobre qué tiene que ver lo dicho de la soberanía nacional con todo esto. Pues bien, simplemente imaginen lo que sucedería si en un dado momento el Estado Vaticano decidiera imponer sus propios intereses por sobre el bienestar común, cosa que ya ha pasado anteriormente y es sólo cuestión de recordar lo sucedido en México en los años de 1810 cuando la iglesia excomulgó a Miguel Hidalgo y Costilla por el cargo de perturbar el orden público, de ir en contra de los intereses eclesiásticos y del orden establecido por voluntad divina; también fue excomulgado José María Morelos precisamente por los mismos cargos , es decir, la iglesia excomulgó, enjuicio y mandó ejecutar por traición al Rey y a Dios al padre de la independencia de México y a Morelos, cuando este último logró el mayor esplendor del movimiento independentista y quien hubiera sido el primer presidente de México de no haber sido fusilado en Ecatepec ¡¡Y por quienes este año festejaremos el bicentenario de libertad!! Aunque la independencia se consumó en 1821, ¡¿Pero eso que importa?! Por cierto, ahora la misma iglesia argumenta que no fueron excomulgados a pesar que el edicto les fue leído antes de ser fusilados, y ello debido a tecnicismos ridículos que no tocaré aquí ahora.

Otro ejemplo lo tenemos en las leyes de reforma, expedidas entre 1855 y 1857 leyes que continúan siendo satanizadas hasta nuestros días por el simple hecho de haber eliminado los privilegios eclesiásticos, entre ellos el fuero (Ley Juárez), por haber obligado a la iglesia a vender sus bienes raíces (ley de desamortización de las fincas rústicas y urbanas pertenecientes a autoridades civiles o eclesiásticas; esta tenía por finalidad que entraran al comercio para que circulara la riqueza y que no quedaran las fincas en manos de unos pocos, debemos recordar aquí que la iglesia era propietaria de un gran porcentaje de las fincas y que estas no eran utilizadas para ningún fin), y la ley de José María Iglesias que obligaba a la iglesia a no cobrar ninguna tarifa a los pobres por concepto de bautismo, matrimonio, amonestaciones y entierros. Estas leyes fueron ferozmente combatidas por la iglesia ¡debido a su evidente injusticia! El mismísimo Papa Pío IX ordenó que no se hicieran cumplir e incluso se opuso a estas a través del Syllabus (documento mayormente recordado por demostrar como la iglesia ve más por sus intereses particulares que por el de las mayorías, ya que condenaba conceptos como el de la libertad de culto, de expresión, y en general el no sometimiento a la iglesia). Juárez, al terminar la guerra de reforma en 1861 y ya con el segundo grupo de leyes de reforma a mano, las que eran aún más lesivas para los intereses de la iglesia, decide incluirlas en la constitución de 1857, aquí sí se incluyeron algunas como factura, por ejemplo la ley de nacionalización delos bienes de la iglesia y la supresión de ordenes religiosas y que sólo permitía el clero regular. Además dentro de estas leyes se incluían algunas que eran necesarias, como que se les retiró la administración de hospitales y de cementerios (recordemos que en esa época la iglesia podía optar por no dar sepultura a un cuerpo por haber sido un “hereje” en vida), esto hizo que el papa censurara a la constitución de 1857 (no obstante que la misma establecía que en el nombre de Dios y con la autoridad del pueblo Mexicano se habían otorgado la constitución, lo que Ignacio Ramírez, “el nigromante” consideró que debía eliminarse porque es una mentira, ya que la constitución se la da el pueblo y no la da dios). El papa ordenó que la constitución fuera rechazada y en ese mismo año el papa excomulgó a todos los liberales mexicanos. Posteriormente, en 1917 con la promulgación de la nueva constitución (la vigente) se agregan disposiciones aún más lesivas, como lo es la pérdida de la personalidad jurídica de la iglesia. Estas leyes permanecieron vigentes hasta que se las reformó en la gestión de Salinas de Gortari en el año de 1992, con lo que la iglesia recuperó muchos derechos de los que había sido privada, pero hay que mencionar que muchas de estas leyes nunca se hicieron efectivas.

Dicho lo anterior, y suponiendo que se elimina el inciso mencionado de la constitución, la pregunta es ¿Qué sucedería si la iglesia viera afectados sus intereses propios a cambio de la ¡increíble injusticia! del bien común? Obviamente la iglesia al contar con una mayoría de seguidores que aceptan lo que el Papa y sus súbditos dicen sin cuestionar las implicaciones éticas, morales o prácticas, nos encontraríamos en un panorama en el que nuestro Estado estaría indirectamente subordinado a los intereses del Estado Vaticano, por ende, nuestra Federación dejaría de ser soberana para someterse a la voluntad del Papa y del Vaticano.

Es por todo lo dicho que es peligroso hacer esta reforma constitucional que planea este sujeto llamado Pablo Gómez de una forma tan simplista. Los asuntos políticos y los religiosos deben permanecer separados uno del otro ¿Qué necesidad tiene la iglesia de poder terrenal? Su poder es espiritual y allí debe de quedarse, resulta bastante estúpido que lo que se ha conquistado a base de tanta sangre y discriminación, sea eliminado porque sí gracias a una ocurrencia ignorante o simplemente porque alguien se siente ofendido en sus creencias. La iglesia no necesita ningún poder político terrenal, no tiene por qué involucrarse en políticas humanas, si hay personas conformes con lo que la iglesia o cualquier otro grupo religioso proponen, están en libertad de seguir libremente estas ideas, pero no por ello tienen derecho de imponer sus ideas a nadie. La libertad de credo es un derecho consignado en la constitución, por lo que dar preferencia a determinados cultos es casi como aceptar que existe una religión oficial y las demás son toleradas por simple beneplácito y eso es algo que debemos evitar a toda costa.

Todo esto, junto con lo analizado en el post anterior (el que cito en el inicio de éste), son los motivos principales por los que no se debe apoyar una reforma de estas características.

Ahora finalizo proponiendo la postura contraria a cualquier católico que se siente ofendido por considerar que estoy equivocado o por sentirse ser parte de la mayoría ¿Qué le parecería que un musulmán llegara a presidente y destinara recursos públicos para beneficio de su culto? ¿Estaría conforme con ello? ¿Entonces cual es la razón objetiva por la que cree que los demás deben conformarse con que se le den privilegios a su credo (sin argumentos de: “porque mi religión si es la verdadera y las demás no” ya que las demás argumentan lo mismo)?


diabŏIus

No hay comentarios:

Publicar un comentario